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Impuesto al patrimonio

Impuesto al patrimonio en Colombia: ¿te toca pagarlo?

El impuesto al patrimonio no es para todos. Desde qué monto aplica, cómo se calcula, qué puedes descontar y cuáles son las tarifas según la Ley 2277 de 2022.

Fachada de una casa residencial moderna al atardecer
Foto: Dillon Kydd / Unsplash

El impuesto al patrimonio asusta por el nombre, pero la realidad es que no le aplica a la mayoría. Te explicamos desde qué monto empieza, cómo se calcula y qué puedes restar.

¿Quién lo paga?

El impuesto al patrimonio vigente lo creó la Ley 2277 de 2022 de forma permanente. Lo pagan las personas naturales (y las sucesiones ilíquidas) cuyo patrimonio líquido sea igual o mayor a 72.000 UVT al 1 de enero de cada año. Con la UVT de 2026 (52.374 pesos), eso equivale a unos 3.770 millones de pesos. El impuesto se causa el 1 de enero (artículo 294-3).

$3.770 mill.
Patrimonio líquido desde el cual aplica el impuesto (72.000 UVT, valor 2026).

Cómo se calcula

La base es el patrimonio bruto menos las deudas al 1 de enero (artículo 295-3). Y hay un alivio importante: se pueden excluir las primeras 12.000 UVT del valor de tu casa o apartamento de habitación, unos 628 millones.

Las tarifas

Son marginales, es decir, por tramos (artículo 296-3):

Un tema que se ha movido mucho

En 2026 hubo decretos de emergencia que buscaban bajar el umbral y subir tarifas, pero fueron frenados en la justicia, así que hoy rige la Ley 2277. Como la norma de patrimonio cambia seguido, confirma tu año puntual con nosotras o en la DIAN antes de calcular.

¿Y la reforma que se discute?

El proyecto de reforma que está en el Congreso propone bajar el umbral a 40.000 UVT y subir tarifas, pero aún no es ley. Lo contamos en detalle en nuestro artículo sobre la reforma tributaria.

Preguntas frecuentes

¿La casa donde vivo cuenta para el impuesto?

Entra al patrimonio, pero puedes excluir las primeras 12.000 UVT de su valor si es tu vivienda de habitación. El resto sí suma a la base.

¿Las deudas restan?

Sí. La base es el patrimonio bruto menos las deudas al 1 de enero. Por eso se habla de patrimonio líquido.

Mayerly Giraldo
Mayerly Giraldo
Contadora pública · Magíster en Tributación

Contadora pública y magíster en Tributación. Cofundadora de Con Cuentas Claras. Escribe sobre herencias, planeación patrimonial y cumplimiento tributario.

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Este contenido es educativo y orientativo, con la norma vigente a su fecha de publicación. No constituye asesoría tributaria ni una oferta comercial, y la ley cambia. Antes de tomar decisiones, revisa tu caso con un contador o directamente con la DIAN.